domingo, 24 de febrero de 2019

Escuela moral y historia de la criminologia del siglo XX


En esta, nuestra última parada por la historia de la criminología, vamos a hacer un repaso por la escuela moral, la marxista y un poco de los acontecimientos más recientes de la disciplina, ademas de los maximos exponentes de las mismas. 

¡Empecemos! 

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Escuela moral o cartográfica. 

La utilización del término cartográfica nos pone en la pista de una de sus principales aportaciones: el uso frecuente de mapas para representar las diferencias regionales e interurbanas en los índices de delincuencia. Pero la representación cartográfica, desde luego, no fue la única aportación del colectivo encuadrado bajo la mencionada etiqueta. (Hernando, 1999, p.12)

A grandes rasgos, la «escuela cartográfica» tuvo por objetivo prioritario el establecimiento de las variaciones en el espacio y en el tiempo de la delincuencia. identificando, corno ya señalábamos antes, principalmente las variaciones regionales e interurbanas del crimen. Estos análisis se caracterizaban por llevar a cabo ciertas asociaciones ecológicas que pretendían buscar las relaciones existentes entre los índices de crimen y los indicadores sociales de más frecuente uso en la época (Hernando, 1999, p.12)

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Joseph Fletcher. 1863 - 1935

A grandes rasgos podríamos definir su investigación como un análisis de tipo estadístico realizado a una escala espacial de condados. Su contribución más significativa podemos analizarla desde una doble perspectiva. Por una parte, introduce por primera vez la variable edad para estudiar la distribución de los delincuentes. Su segunda aportación novedosa está en la concesión de importancia a tas «oportunidades» que se ofrecen para delinquir, elemento que, desde la década de los setenta del presen-te siglo, será un importante tema de investigación de geógrafos y demás científicos sociales.( Hernando, 1999, p.15)


Henry Mayew.

El se dedicó fundamentalmente a describir, de forma enciclopédica, los estilos de vida de las personas que pululaban por las calles de Londres: vendedores ambulantes, artesanos, trabajadores, prostitutas, etc… espaciales del crimen y la delincuencia a nivel urbano, no obstante la importancia del nivel de análisis regional queda manifiesta también en su investigación, con el examen genérico del comportamiento delictivo en los diversos condados de Inglaterra y Gales.

Hace uso, por primera vez, de la densidad de delitos por número de habitantes, llegando a considerar hasta catorce variables diferentes para extrapolarlas asociaciones entre delincuencia y caracteres socio demográficos. (Hernando, 1999, p.16)



Charles Booth.

Charles Booth fue un sociólogo inglés, nacido en liverpool en 1840 fue un modelo de observación de las condiciones de vida urbana de los grupos sociales de clase más menesterosa. Fue una excelente guía para los legisladores y magistrados de la época; y también sirvió para orientar una larga nómina de trabajos sociológicos…incluyó una serie de mapas que completaban de una forma ilustrada las ricas descripciones de los espacios más propicios para el delito, que se hacían en su obra



Criminología siglo XX. 

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La historia criminológica sufrió un vuelco importante con la publicación, en 1949, del libro El delito de cuello blanco, del relevante sociólogo norteamericano Edwin Sutherland. 1883-1950.

Desde el campo de la sociología, este autor se interesó por las conductas dañosas que se producían en el campo empresarial. Por tal motivo generó sus propias definiciones de lo delictivo y estudió los registros penales de las 70 mayores corporaciones de aquel entonces. Para su sorpresa, todas las grandes corporaciones incurrían en graves faltas de carácter contable, impositivo, de control de calidad, de publicidad, en violación a leyes antimonopólicas, de competencia comercial, etc. Pese a ello, los registros condenatorios eran escasos, como también la reincidencia, pese a que se sabía de su importancia….. Según la definición de Sutherland, el delito de cuello blanco es “el cometido por una persona de respetabilidad y estatus social alto, en el curso de su ocupación ( Elbert,2013,p.97)


La criminología Marxsista Ortodoxa. 

Fueron W. Bonger, a inicios del siglo XX, G. Rusche y O. Kirchheimer con su obra “Pena y estructura social” (1939), quienes observan un desarrollo marxista en la comprensión criminológica y penitenciaria. . (Pérez, s.f, p.21)

Esta visión se orienta hacia la explicación del crimen y la conducta antisocial sobre bases macrosociales. Al respecto, ha habido avances propios en las sociedades socialistas, y también manifestaciones de una criminología materialista en los países occidentales, con variantes, según el grado, de mayor o menor asimilación de las tesis del materialismo dialéctico49. Los criminólogos que siguen esta concepción en su versión ortodoxa, parten de una comprensión y explicación de la criminalidad tomando como eje central la concepción de la filosofía marxista; asimismo, consideran que la criminalidad es un producto de la sociedad capitalista. (Pérez, s.f, p.21)


Escuela de Chicago

No se caracterizó por girar únicamente en torno a un marco de reflexión, sino que se compuso de múltiples perspectivas sociológicas, incluso confrontadas en sus argumentos; por lo que, para el propósito de este artículo, se presentarán únicamente los principios introducidos por las teorías ecológicas de la Escuela de Chicago, por ser las que propiciaron un cambio de paradigma más significativo en la Criminología del momento.( Build,2016,p.22)


Las teorías ecológicas se refieren a marcos explicativos contrastados sobre la influencia de los elementos del ambiente o contexto en la actividad delictiva y antisocial localizada en un espacio urbano (Cid y Larrauri, 2001, p. 79). Así, dichas teorías parten de la premisa que existen formas de organización humana que producen mayor desviación que otras, independientemente de las características individuales de las personas que vivan en el lugar. .( Build,2016,p.22)

Ante el rápido crecimiento urbano, los primeros investigadores de la Escuela de Chicago, Park, Burgess y McKenzie (1925), constataron que en la nueva distribución urbana, las zonas centrales de la ciudad, caracterizadas por la multietnicidad, la pobreza y la movilidad constante, raramente presentaban estructuras sociales organizadas, por lo que sus habitantes difícilmente compartirían valores prosociales; mientras que las personas más pudientes se trasladaban a las zonas urbanas periféricas, agrupándose en ellas ciudadanos adinerados y mayoritariamente de etnia blanca.( Build,2016,p.23)

Defiende que el crimen es producto de la desorganización propia de la gran ciudad, en la que debilita el control social y se deterioran las relaciones humanas, propagándose un clima de vicio y corrupción contagioso.

En el modelo de dicha teoría, Park y Burgess definieron cinco áreas distintas en Chicago. La zona posterior al centro de negocios se define como la zona de transición, donde ocurre el delito principalmente. 

Argumentaron que las zonas de transición son únicas en cuanto a que, comparadas con otros lugares de la ciudad, poseen ciertas condiciones estructurales: de acuerdo con las altas tasas de delincuencia, estas zonas residenciales estaban caracterizadas por edificaciones pobres, decaimiento físico, población heterogénea, familias desintegradas, pobreza y movilidad residencia. Estas teorías han tenido el mérito de llamar la atención sobre el impacto criminógeno del desarrollo urbano. ( Medina,2014,p. 5)

jueves, 21 de febrero de 2019

Escuela positivista



La Escuela Positiva del Derecho Penal nace como una reaccionaron contra el clasicismo liberal, dando al Derecho un contenido antropológico desplazando el criterio represivo   en la apreciación de la objetividad del delito, y sustituyéndolo por la preponderante estimación de la personalidad del actor….  A través de las evoluciones de Ferri, llega a encontrar en la doctrina socialista su fundamento político social (Molina, s.f, p.130)

la Escuela Positiva encuentra su base en la doctrina de AUGUSTE COMTE, y hasta el nombre de "Positivismo" arranca de la "Filosofía Positivista"(Molina, s.f, p.130)




Desde esta escuela se considera el delito como es un fenómeno natural y social producido por causas de orden biológico, físico y social: Si un hecho es calificado como delito es porque contraría los usos y las costumbres de un país y de una época (45) siendo superfluo, en consecuencia, darle al delito un carácter moral que no podría tener ( Molina,s.f,p.132)

De cualquier forma, según los positivistas ese delito hace su aparición por factores antropológicos (herencia, edad, sexo, enfermedad, etc.), físicos (clima, geografía, estaciones, etc.) y sociales (familia, condiciones económicas y culturales, situación política, etc.). Sin embargo, estos factores no obran aisladamente sino en conjunto, pero prevaleciendo uno u otro según la categoría a que pertenezca el infractor (Molina,s.f,p.133).

Y el delincuente... 
El delincuente es para esta escuela el protagonista de la Justicia Penal , en general, de la ciencia criminal. Por consiguiente, su estudio debe ocupar un sitio de preferencia en estas disciplinas No obstante, frente al criterio de normalidad sostenido por la Escuela, el Positivismo presenta el de la "anormalidad": Cualquiera que fuere el impulso determinante, es preciso convenir en que quien lo experimenta se encuentra en condiciones anormales, por lo menos al momento de cometer el delito, pues si así no fuera, el sentido moral se opondría a la tendencia delictuosa y le haría abstenerse de obrar mal ( Molina,s.f,p.133)


Principales pioneros. 

Cesar Lombroso (1836-1909)


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Es frecuente que algunos historiadores de la criminología consideren que Cesare Lombroso sea el fundador de la criminología científica. Aunque como es frecuente, fragmentos o partes de sus ideas y propuestas de manera parcial ya habían sido expresadas por otros pensadores que le antecedieron.

Nació en Verona, Italia, el 6 de noviembre de 1835, judío, de posición económica desahogada, tuvo una infancia grata. A los 15 años escribió sus primeras dos monografías: La Historia de la República Romana y un ensayo acerca de la Agricultura de Roma Antigua. Estudió medicina y realizó su tesis 

doctoral con el nombre de Estudio sobre Cretinismo en Lombardía. En 1858, se traslada al Hospital de Santa Eufemia en Pavia, donde obtiene permiso para practicar, fundando más tarde una sección de enfermos mentales. (Álvarez, et.al 2008, p.13)
Enrico Ferri (1856-1929)






Nació en San Bernardo Po, Mantúa, el 25 de febrero de 1856. Presentó su tesis en la que trata de demostrar que el libre albedrío es una ficción, y que debe substituirse la responsabilidad moral por una responsabilidad social. En 1882, Ferri, realizó estudios sobre la pena y publicó el libro titulado Socialismo y Criminalidad. (Álvarez, et.al 2008, p.16)


Ferri niega enfáticamente el libre albedrío, esto lo confronta con la escuela clásica, comprometiéndose así en una grave polémica. La peculiaridad de la aportación de Ferri no consiste en la simple negación o denegación del libre albedrío, sino que se apoya en los datos de la experiencia, obtenidos por la aplicación del método de observación a los fenómenos psíquicos. Aunque esto se había hecho ya en la filosofía, Ferri trata el problema directamente en el campo penal. (Álvarez, et.al 2008, p.16)



Rafael Garófalo (1851-1934)
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La sistematización jurídica de la escuela positivista, la lleva a cabo Garófalo. A él se deben: el criterio de la temibilidad o peligrosidad, como base de la responsabilidad del delincuente; la prevención especial como fin de la pena; los métodos prácticos de graduación de la pena, entre otros.

Nace en Nápoles, Italia, el 18 de noviembre de 1851. Desarrolló el estudio del Derecho Penal sobre una base diferente. Antes de formar parte de la Escuela Positiva, Garófalo, había ya publicado algunos escritos, que serian de mucha importancia para la nueva escuela, pues daban las bases y la orientación jurídica necesaria, además de conceptos como: peligrosidad y prevención especial y general.
Para 1885 publica: Estudios recientes sobre la Penalidad y, en 1880, Criterio Positivo de la Penalidad. En 1885 sale su obra maestra: Criminología. . (Álvarez, et.al 2008, p.17)


miércoles, 20 de febrero de 2019

Escuela Ecléctica

Primero, vamos a definir que significa la palabra

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Se trata de un conglomerado de postulados agrupados que en su naturaleza son diferentes.

Algunos de sus máximos exponentes son.

La Terza Scuola:

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Nace en Italia en 1892 (casi coincidentemente con el III Congreso de Antropología Criminal, de Bélgica) para responder al avance de la Escuela francesa, colocándose en un término medio, con una postura ecléctica. (Canevello, s.f.p.11)

Entre sus postulados se destacan los siguientes:
- El derecho Penal debería mantenerse como ciencia independiente, apartándose de la idea de Lombroso que pretendía incluirlo dentro de la Criminología.

- La variedad de las causas del delito dejaba de ser fruto exclusivo de la constitución criminal del individuo (factores endógenos) que propiciaba la Escuela italiana (teoría del delincuente nato), aceptando la teoría de la Escuela francesa, que hablaba del sujeto "predispuesto", el que irá a convertirse en delincuente cuando el medio le resulte propicio (factores exógenos); — trabajo conjunto de penalistas y sociólogos para lograr las reformas sociales necesarias a fin de mejorar las condiciones en que vive la masa, aceptando los principios de la Escuela francesa (influencia de los factores exógenos). 

- La justificación de la pena como "coacción psicológica" sobre los individuos, según sean imputables o inimputables (capaces o no). (Canevello, s.f.p.11) 


E. CARNEVALE ípari, 1861; Roma, 1941.

Demuestra el eclecticismo característico de la Terza Scuola en todas sus tesis. Así, basa la responsabilidad criminal en la salud del delincuente, pero reconoce la necesidad de aplicar “medidas de seguridad” al no imputable. 

Analiza el crimen desde un punto de vista “jurídico” y reconoce plena autonomía al Derecho Criminal, si bien critica el exceso tecnicismo jurídico y sugiere se consideren los aspectos sociológicos y antropológicos del fenómeno criminal. 

Proclama, por una parte, la “reforma social” como primer deber del Estado en la lucha contra la criminalidad, pero rechaza, por otra parte, la concepción lombrosiana del delincuente nato, proponiendo se distinga entre “causalidad” y “fatalidad”. (UNIDA, s.f, p.97) 



B. ALIMENA Cosenza, 1861 – 1915) 


Sigue una orientación semejante. Su “positivismo crítico” le lleva a negar la posibilidad de que el Derecho Penal sea absorbido por la Sociología (como pretendiera FERRI) y, sin embargo, reconoce la conveniencia de que el examen dogmático del crimen sea complementado por la Sociología, la Estadística, la Antropología y la Psicología. 

“A nosotros nos corresponde la tarea – decía ALIMENA – de integrar la exigencia jurídica con la exigencia psicológica y sociológica. Niega ALIMENA el libre albedrío y, sin embargo, admite la distinción entre imputables e inimputables, según se tenga o no aptitud para sentir la coacción psíquica. (UNIDA, s.f, p.97)



martes, 19 de febrero de 2019

Escuela clásica




Ahora les voy a presentar la escuela clásica, agrupados por los positivistas en la misma a pesar de ser un grupo heterogéneo.



se vio influenciado por el legado liberal, racionalista, humanitario, reformador de la Ilustración, particularmente su orientación iusnaturalista. (Álvarez, et.al 2008, p.7)

Como fundamentos básicos del pensamiento clásico mencionaremos los siguientes:

- La imagen del hombre como ser racional, igual y libre.

- La teoría del pacto social, como fundamento de la sociedad civil y el poder.

- La concepción utilitaria del castigo, no desprovista de apoyo ético. (Álvarez, et.al 2008, p.7)


La foto anterior corresponde a Enrico Ferri que autodenominó la escuela clasica como 
con un ánimo inmerecidamente despreciativo, peyorativo, que no tiene en realidad la expresión "Clasicismo", y que es más bien lo consagrado y lo ilustre (Molina,s.f,p.125).

Además,  La Escuela Clásica del Derecho Penal se desarrolló sobre la base de la "Ilustración": todos los hombres eran libres, iguales, racionales (9) y podían, por ello, actuar responsablemente como individuos. De todos modos, la autorresponsabilidad es restringida en tanto se parte del hecho de que todo individuo, desde su potencial de comportamiento está siempre en condiciones de comportarse de un modo que podríamos llamar desviado, si bien, en última instancia, son condiciones específicas las que lo llevan a observar tal comportamiento. No hay, pues, diferencia entre el criminal y el que respeta la ley. (Molina, s.f, p.126).

A la vez que el  delito no es un hecho ni un acontecimiento cualquiera, sino un "ente jurídico" cuya esencia consiste, no en la acción humana, sino en la infracción de la ley, esto es, en la contrariedad entre el acto del hombre y la norma legal. Ahora bien, esa infracción es producto de dos fuerzas: Una moral, representada por la voluntad inteligente y libre del que actuó; y otra material o física, representada por el acto lesivo. (Molina, s.f, p.126) 

Este link de acá, nos ayudará a dar un repaso visual de lo que fue la escuela clásica a modo de repaso.
https://prezi.com/zzw1jsbehftu/escuela-clasica/

Protagonistas de la época.

Pellegrino Rossi (1787 - 1848).


El profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por los pensamientos políticos que generaba, fue quien escribió el primer gran clásico reconocido por todos, aunque no es posible olvidar otras aportaciones de sus contemporáneos como Bentham, aporto con su obra Teoría de las Penas y de las Recompensas escrita en 1840 y Romagnosi, con Génesis Del Diritto Penale en 1837. Para algunos es este autor el que sienta las bases para la Escuela Clásica, con su obra Filosofía del Delito escrita en 1839. Rossi consideraba que existía un orden moral que todos los seres, libres e inteligentes, deberían de seguir, pensando que aquella tendría que aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos están hechos para vivir en sociedad: surge un orden obligatorio para toda una sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y obligaciones. Él piensa que la capacidad de juzgar le pertenece al “superior”, pero no niega que todo hombre al ser tal, es inteligente y puede juzgar por igual: para Rosini el fundamento del derecho de castigar, es el eterno principio de la justicia (Álvarez,Montenegro, Martínez,2008,p.6).


Francisco Carrara.

Es considerado por algunos como el padre de la escuela clásica del derecho penal, en 1859 escribió Programa di Diritto Criminale, lo cual llevo al Derecho Penal a su verdadera esencia jurídica y cobra importancia porque cuando se hace referencia a la Escuela Clásica, son las doctrinas de Carrara generalmente las que se someten a examen. El conjunto de doctrinas de Carrara representan el término de la evolución de la Escuela Clásica. Este autor sostiene que el derecho es connatural al hombre. La ciencia del derecho criminal es un orden de razones emanadas de la ley moral, preexistente a las leyes humanas. El delito es un ente jurídico que reconoce dos fuerzas esenciales. Según Carrara delito es: “La infracción de la ley del estado, promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, resultante de un acto externo del hombre, positivo o negativo, moralmente imputable o políticamente engañoso”.

La pena no debe exceder a las necesidades de la tutela jurídica; si excede, ya no es protección del derecho sino violación del mismo. La imputabilidad penal se funda en el principio del libre albedrío
La base de la teoría clásica de la criminología estaba apoyada sobre la teoría del contrato social, que sostenía que los hombres se reunían libremente en sociedad conforme a una serie de acuerdos que garantizaban el orden y la convivencia(Álvarez, et.al 2008, p.7).

Giovanni Carmignani

Otro ilustre representante es Giovanni Carmignani, que trata de explicar que el castigo que se le impone a un criminal por un delito que cometió, no se hace con el ánimo de tomar una venganza, sino de prevenir que en un futuro no realice otros delitos semejantes, éste ilustre representante fue profesor de Pisa, y en sus Elmenta iuris criminalis hace a la necesidad del orden social como la fuente y la ley moral como el limite(Álvarez, et.al 2008, p.7)









lunes, 18 de febrero de 2019

Edad antigua, edad media, ilustración.

En esta ocasión vamos a hacer un repaso de los inicios de la criminologia y el origen de conceptos importantes, cabe aclarar que estas etapas iniciales están en un mismo conjunto puesto que se entre lazan entre si y como buen inicio es un proceso progresivo de crecimiento.

En la antigüedad se pensaba que el delito era atribuible a los defectos físicos, mentales y producto de los rasgos hereditarios. En la actualidad no son tomadas como positivas, sino más bien rechazadas: porque el delito se aprende y no se hereda. (Álvarez, Montenegro, Martínez, 2008,p.4)

Y es acá donde aparece nuestro primer personaje destacado, Tomas Moro.



Vamos a repasar datos y detalles de este pionero que les muestro en la foto.

Fue erudito, abogado, teólogo, estadista y finalmente mártir, y su influencia se dejó sentir menos en la evolución de la Reforma de Inglaterra que en la creación de un género literario particular: la descripción futurista e idealista de la sociedad ideal…El título de su libro más famoso, Utopía, se ha incorporado al lenguaje común y el término “utópico” se utiliza a menudo para referirse a una idea o un concepto idealista y sumamente deseable pero al propio tiempo totalmente inviable e irrealista ( Watson,1994,p.1)

Tomás Moro nació el 6 de febrero de 1478 en Londres; murió el su padre John (muerto en 1530) era jurista. Ciertos biógrafos han dicho que fue juez, pero es más probable que fuera abogado. Sin duda alguna influyó en el pensamiento jurídico de su hijo. Tomás se educó en la St. Antony's School, entonces la mejor de Londres, y a los doce años de edad fue enviado a casa del cardenal John Morton, arzobispo de Canterbury y Gran Canciller de Inglaterra. Es evidente que Moro recibió una gran influencia de Morton, a quien cita elogiosamente en su Historia del rey Ricardo III, e, indirectamente, en la Utopía (Watson, 1994, p.3)

Por lo que se puede mencionar que Su experiencia como abogado y juez le hizo reflexionar sobre la injusticia del mundo, a la luz de su relación intelectual con los humanistas del continente . Desde 1504 fue miembro del Parlamento, donde se hizo notar por sus posturas audaces en contra de la tiranía.

La ilustración. 

La Ilustración fue un movimiento ideológico, científico y cultural europeo que se desarrolló especialmente en Francia e Inglaterra desde inicios del siglo XVIII hasta el comienzo de  la Revolución francesa, aunque en otros países se prolongó durante los primeros años del siglo XIX. Fue llamado así por su propósito de disipar las tinieblas de la humanidad mediante las luces de la razón, se opusieron contra los principios tradicionales en materia política, social y económica. El siglo XVIII es conocido también, por este motivo, como el Siglo de las Luces o de La Ilustración. (Álvarez, et.al 2008,p.4) 


Características principales de la Ilustración son:

- Búsqueda de la verdad por medios racionales

-  Negación del poder absoluto del monarca

- Reclamación de la igualdad social

- Luchan por la libertad religiosa

 - Proponen la libertad de comercio (Álvarez, 2008, p.5)


La ilustración fue un cambio radical en todos aspectos de la vida de la humanidad, y se destaco por
el excesivo predominio de la razón, del “libre examen”, del libre pensamiento, como guías exclusivas del hombre, no sólo en la búsqueda del saber y el incremento de los conocimientos, sino también, en el estudio dee su época y su cultura.

Nuestro siguiente protagonista es Césare Beccaria (1738-1794)





Jurista milanés, se publica en 1764 Trattato dei delitti e delle pene, donde somete a crítica la irracionalidad, la arbitrariedad y la crueldad que caracterizaba a las leyes penales y procesales del siglo XVIII. Inspirado de la idea del contrato social, fundamenta el principio de legalidad de los delitos y las penas, la conveniencia de una política de prevención del crimen y su teoría utilitarista del castigo (Álvarez, et.al 2008, p.5)


Para esta época se concebía que La génesis del crimen ocurre en la transición del estado natural a la convivencia en forma de Estado. El delincuente, para Rousseau es un rebelde que vulnera el compromiso históricoimplícito en el contrato social, decidiendo auto marginarse de la sociedad civil. Si el Estado El crimen evidencia la mala estructuración del pacto social y la desorganización del Estado es fuerte y bien organizado existirán pocos delincuentes. (Álvarez, et.al 2008, p.7)





domingo, 17 de febrero de 2019

La criminología, es una palabra que solemos oír en los medios de comunicación casi todos los días, es común ir en la radio, televisión y periódicos cuando entrevistan a un profesional del ministerio de justicia y paz o porque alguien cometió un delito etc. pero... ¿ Sabemos a ciencia cierta es es criminologia? ¿ De donde surge esta disciplina? o ¿la razón por la cual surge? estas y mas interrogantes son parte de las cuales vamos a descifrar a través de este blog, acompáñenme en el viaje a través del tiempo en la criminología.

En este pequeño viaje al pasado haremos un recorrido por las diferentes épocas que marcaron el inicio de la criminología, comenzando con la edad antigua, media, y la ilustración así como la concepción de algunos conceptos que son comunes en la actualidad pero que en aquel entonces recién comenzaban a surgir.

Posteriormente, daremos seguimiento a la escuela clásica y sus aportes más en forma a la criminologia, seguido de la escuela positivista y sus destacados representantes, seguido de la escuela ecléctica, la moral y terminaremos con los aportes del siglo veinte.

Acá les dejo un vídeo ilustrativo del paso de los años en la criminologia, espero les guste.